Análisis Jurídico de la Valoración de la Prueba en el Proceso Penal

La valoración de la Prueba se halla regulada en el Código de Procedimiento Penal en el Libro II Título I Capítulos de I al IV, sin embargo de esta regulación encontramos las bases en la Constitución Política de la República en el articulo 24 numeral 14 que establece: Las pruebas obtenidas o actuadas...

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書誌詳細
第一著者: Idrovo Vázquez, Freddy Rubén
フォーマット: 学位論文 図書
言語:Spanish
主題:
オンライン・アクセス:http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/p862.pdf
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要約:La valoración de la Prueba se halla regulada en el Código de Procedimiento Penal en el Libro II Título I Capítulos de I al IV, sin embargo de esta regulación encontramos las bases en la Constitución Política de la República en el articulo 24 numeral 14 que establece: Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la constitución o la ley, no tendrán validez alguna. Similar criterio se encuentra establecido en el código de Procedimiento Penal en los artículos 83 y 86 así: Artículo 83.- La Prueba solo tiene valor si ha sido pedida, ordenada, practicada e incorporada al juicio conforme a las disposiciones de este código. Artículo 86.- Toda Prueba será apreciada por el juez o tribunal conforme a las reglas de la sana critic
物理的記述:CD 18 cm
書誌:incl. ref.