Summary: | Las personas tenemos la libertad de adquirir los bienes que creamos necesarios, siempre y cuando dicha adquisición sea lícita. La ley ha cuidado de que personas ligadas a nosotros por estrechos lazos de consanguinidad no queden desamparados luego de nuestra muerte y limita nuestra voluntad estableciendo el porcentaje y a quienes deberá corresponder parte de nuestro patrimonio, el mismo que se divide en cuartas partes debiendo asignarse dos cuartas partes a los asignatarios forzosos. El testador tiene la obligación de proteger tanto a su cónyuge, como a sus hijos, así como exigir el cumplimiento de condiciones establecidas en la ley.
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