Summary: | El derecho a ser respetado garantiza la convivencia social, dándo a ella paz y resguardándola por el empleo de la fuerza, tanto en el orden interno, como en el internacional. Con facilidad podemos desprender lo expuesto de la Carta de las Naciones Unidas (ONU) y de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA). Pero existen circunstancias en las que los seres humanos son capaces de llegar a convivir con la barbarie e ignorar las reglas de supervivencia. En estas situaciones límite, que nacen y se desarrollan a lo largo del tiempo, las normas humanitarias, parte de nuestro ordenamiento jurídico y cuyo esqueleto lo conforman: los Convención de Ginebra, sus Protocolos Adicionales y las Convenciones de la Haya, son las que en su orden protegen a los no combatientes e indican los métodos y medios de combate. En el estudio del Derecho Internacional Humanitario, Derecho Humanitario o Derecho de la Guerra, surgen tantas interrogantes, como posiciones existen para negar este derecho: parte constitutiva del Derecho Internacional Público general y rama especializada del mismo, al llevar en su espíritu y letra, inspiración netamente humanitaria.
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