Impuestos Municipales

El Estado recauda los impuestos a través de los Municipios y organismos locales competentes, los mismos que constituyen la principal fuente de ingresos del país. La ley Orgánica de Régimen Municipal establece tarifas, plazos para el pago, así como también define claramente quienes son sujetos de los...

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Bibliographic Details
Other Authors: Guamán Chica, Silvana (coautora), Méndez Amay, Paola (coautora)
Format: Thesis Book
Language:Spanish
Subjects:
Online Access:http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/tcon260.pdf

MARC

LEADER 00000cam a2200000 a 4500
001 TCON-260
005 20230308194030.0
008 000000|2006 ||||||||r|||||||||||spa||
040 |b spa 
041 1 |a spa 
245 |a Impuestos Municipales  |c Silvana Guamán Chica y Paola Méndez Amay. Director Vicente Méndez Rojas  |h cd 
264 |a Cuenca  |c 2006 
300 |a CD  |b tab  |c 18 cm 
502 |a Contador Público Auditor  |b Universidad de Cuenca  |c eco  |d Méndez Rojas, Vicente, dir.  |e CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORIA 
504 |a incl. ref. 
520 3 |a El Estado recauda los impuestos a través de los Municipios y organismos locales competentes, los mismos que constituyen la principal fuente de ingresos del país. La ley Orgánica de Régimen Municipal establece tarifas, plazos para el pago, así como también define claramente quienes son sujetos de los impuestos. Entre los impuestos municipales más comunes están: IMPUESTO PREDIAL URBANO Y PREDIO RUSTICO.- Este impuesto grava a las propiedades, es decir, bienes inmuebles de naturaleza urbana y rural. IMPUESTO DE ALCABALA.- Este impuesto grava a la compra-venta, en general de los bienes inmuebles, así como a la construcción y donación de los mismos. IMPUESTO A LAS UTILIDADES.- Este impuesto grava a las utilidades generadas en las ventas de bienes inmuebles urbanos. IMPUESTO A LOS VEHICULOS.- Todo propietario de vehículos, sea persona natural o jurídica deberá satisfacer el impuesto anual. Este impuesto es el avalúo que conste registrado en el SRI y en la Jefatura de Tránsito para este avalúo se tomará en cuenta el valor comercial de los vehículos. IMPUESTO A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS.- Este impuesto grava a los espectáculos públicos realizados legalmente y con los permisos correspondientes y de igual manera a los eventos deportivos de categorías profesionales. IMPUESTO DE PATENTES.- Todos los comerciantes e industriales que operen en cada cantón, así como los que ejerzan cualquier actividad de orden económico están obligados a obtener la patente. IMPUESTO A LOS ACTIVOS TOTALES.- Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales o jurídicas, sociedades de hecho y negocios individuales, nacionales o extranjeros domiciliados en la respectiva jurisdicción municipal, y que a su vez lleven contabilidad. Este calculo se realiza sobre el total de los activos menos los pasivos corrientes y menos los pasivos contingentes. Estos datos se tomaran de los balances que correrán del primero de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior. 
650 |a Impuestos municipales  |9 103671 
650 |a Impuesto predial  |9 147428 
650 |a Predio urbano  |9 145706 
650 |a Predio rustico  |9 147429 
650 |a Impuesto de alcabala  |9 145777 
650 |a Impuesto de utilidades  |9 147430 
650 |a Impuesto de activo totales  |9 147431 
650 |9 136766  |a Tesis en contabilidad 
700 1 |a Guamán Chica, Silvana  |e coautora  |9 147432 
700 1 |a Méndez Amay, Paola  |e coautora  |9 147433 
852 |a UC-CDJBV  |c ESTANTERIA CERRADA  |f Donación  |k guillermina.martinez  |l 1  |m Limitada  |p 00000000  |q 1,00  |t TCON-260  |b 1  |d CDRC  |e CDRC  |g  ESTANTERIA CERRADA  |u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/tcon260.pdf  |z 0000-00-00 
856 |u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/tcon260.pdf 
942 |c TS 
999 |c 84791  |d 84791