Summary: | La Constitución Política de la República el Ecuador vigente desde agosto de 1998, concede al juez ordinario la potestad de controlar la constitucionalidad de las normas legales que reglan los asuntos sometidos a su conocimiento, pudiendo dejar de aplicarlas si encuentra que éstas contradicen o vulneran algún principio constitucional. La formación legalista de los jueces sin visión constitucional limita sus funciones a la emisión de fallos con sujeción a leyes de carácter secundario que pueden contener normas contrarias a la Constitución y a los Tratados Internacionales, violentando así derechos fundamentales de las partes procesales que no pueden ser reparados porque las sentencias judiciales no son susceptibles de control constitucional a través de acciones directas o recursos constitucionales...
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