La Penas establecidas en la ley de sustancias estupefacientes y psicotrópicas violatorias al principio fundamental de la proporcionalidad plasmada en la constitución política vigente

En el presente trabajo se realiza un análisis del Principio de la Proporcionalidad de la Pena como garantía fundamental establecida en nuestra Constitución en el Art. 24 # 3, en la que prescribe que las leyes establecerán la debida proporcionalidad entre infracciones y sanciones. Sin embargo la...

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Bibliographic Details
Main Author: Cáceres Peralta, Raquel
Format: Thesis Book
Language:Spanish
Subjects:
Online Access:http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/td4121.pdf

MARC

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100 1 |a Cáceres Peralta, Raquel  |9 152216 
245 |a La Penas establecidas en la ley de sustancias estupefacientes y psicotrópicas violatorias al principio fundamental de la proporcionalidad plasmada en la constitución política vigente  |c Raquel Cáceres Peralta. Director Marco Machado Clavijo  |h cd 
264 |a Cuenca  |c 2008 
300 |a CD  |c 18 cm 
502 |a Diplomado Superior en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales   |b Universidad de Cuenca  |c jur  |d Machado Clavijo, Marco, dir.  |e Diplomado Superior en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales 
520 3 |a En el presente trabajo se realiza un análisis del Principio de la Proporcionalidad de la Pena como garantía fundamental establecida en nuestra Constitución en el Art. 24 # 3, en la que prescribe que las leyes establecerán la debida proporcionalidad entre infracciones y sanciones. Sin embargo las penas establecidas en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vulneran el principio fundamental de la proporcionalidad de la pena, antes aludida y específicamente las penas exageradas que se dan a los acusados por los delitos tipificados en esta Ley. La visión de esta Ley especial no considera este principio fundamental. Para entender el contexto de esta Ley secundaria tenemos que recurrir a la interpretación de la misma, y así llegar a la intención que el legislador tuvo al momento de tipificar estas conductas; intención que se traduce en que ninguna persona pueda poseer en su poder ni un solo gramo de ninguna sustancia estupefaciente o psicotrópicas, razón por la cual no existe penas graduadas de acuerdo con la cantidad de droga que se le encuentre; y, aquí radica la dureza de esta Ley, por cuanto igual pena se impone a una persona se le encuentre con una gran cantidad de cocaína, heroína, o 8 gramos de marihuana, que igual pena se le impondrá, esto es ocho años de reclusión ordinaria y la multa pertinente si justifica atenuantes; igual pena se impone en un delito grave que va contra la vida de la persona y causa una alarma grave en la sociedad como es el caso del delito de homicidio, y luego de justificar atenuantes se le imponga una pena igual, al que esta por tenencia de drogas, lo cual va contra el Principio Constitucional de Proporcionalidad de las Penas reglado en el numeral 3 del Art. 24 de la Carta Magna del Estado. 
650 1 |a Ley de sustancias estupefacientes  |9 152217 
650 1 |a Proporcionalidad d ela pena  |9 152218 
650 1 |a Delitos tipificados  |9 152219 
650 |a Tesis de diplomado superior en derecho constitucional y derechos fundamentales  |9 149424 
852 |a UC-CDJBV  |c ESTANTERIA CERRADA  |f Donación  |k guillermina.martinez  |l 1  |m Limitada  |p 00000000  |q 1.00  |t TD4-121  |b 1  |d CDRC  |e CDRC  |g  ESTANTERIA CERRADA  |u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/td4121.pdf  |z 0000-00-00 
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