|
|
|
|
LEADER |
00000cam a2200000 a 4500 |
001 |
TD4-127 |
005 |
20230321065532.0 |
008 |
008000|2008 ||||||||r|||||||||||spa|| |
040 |
|
|
|b spa
|
041 |
1 |
|
|a spa
|
100 |
1 |
|
|a Valdivieso Vintimilla, Simón Bolívar
|9 152339
|
245 |
|
|
|a El derecho a un juicio rápido en el sistema procesal penal ecuatoriano
|c Simón Valdivieso Vintimilla. Director Marco Machado Clavijo
|h cd
|
264 |
|
|
|a Cuenca
|c 2008
|
300 |
|
|
|a CD
|c 18 cm
|
502 |
|
|
|a Diplomado Superior en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales
|b Universidad de Cuenca
|c jur
|d Machado Clavijo, Marco, dir.
|
504 |
|
|
|a incl. ref.
|
520 |
3 |
|
|a Luigi Ferrajoli ha dicho. Los derechos son un papel si no se incluyen garantías adecuadas. Las personas privadas de la libertad en nuestro país por falta de conocimiento y aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos o Derecho de los Derechos Humanos como señala Martín Abregu han sido limitadas en su derecho de acceder a obtener del sistema una respuesta penal rápida, lo que ha ocasionado que aquellas sufran detenciones que exceden el plazo constitucional. El control constitucional de la privación de la libertad por parte del Juez, dentro de la administración de justicia penal en el Ecuador es el norte de este trabajo. La ciudad de Cuenca ha sido escenario del intento de cimentar una cultura procesal penal que esté acorde con la normativa internacional en materia de Derechos Humanos; de ahí que hace aproximadamente unos tres años atrás se implementó un sistema de audiencias orales, públicas y contradictorias, para resolver la situación jurídica de las personas aprehendidas en delito flagrante por parte de los agentes de policía. Quien siga creyendo que lo que no está en el Código, en la ley, no está en el mundo, no entiende aún el sistema acusatorio. El derecho a un juicio rápido es una necesidad del sistema penal ecuatoriano para dar respuestas penales oportunas y transparentes; es la humanización de la justicia penal. El derecho a un juicio rápido se inscribe dentro del marco del sistema procesal acusatorio, de tal suerte que si el proceso no es acusatorio desde el comienzo, la acusatoriedad difícilmente puede restablecerse ha señalado Perfecto Andrés Ibáñez.
|
650 |
|
0 |
|a Derechos humanos
|9 2189
|
650 |
|
|
|a Juicio rapido
|9 152340
|
650 |
|
|
|a Derecho procesal penal ecuatoriano
|9 92273
|
650 |
|
|
|a Tesis de diplomado superior en derecho constitucional y derechos fundamentales
|9 149424
|
852 |
|
|
|a UC-CDJBV
|c ESTANTERIA CERRADA
|f Donación
|k guillermina.martinez
|l 1
|m Limitada
|p 20080000
|q 1.00
|r 1
|t TD4-127
|b 1
|d CDRC
|e CDRC
|g ESTANTERIA CERRADA
|u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/td4127.pdf
|z 2008-80-00
|
856 |
|
|
|u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/td4127.pdf
|
942 |
|
|
|c TS
|
999 |
|
|
|c 86286
|d 86286
|