Summary: | La Constitución Política vigente en su Art. 249, dispone será responsabilidad del Estado la provisión de tales servicios de manera directa o por delegación, garantizando que los servicios públicos, prestados bajo su control y regulación, respondan a principios de eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad y calidad. Se analizó normas y principios que regulan la prestación de Servicios Públicos, estudiando de manera especial la regulación la existente en las Entidades prestadoras, con el objeto de determinar si cumplen con su finalidad o si esas normas son aplicables o exiguas, para dar Seguridad Jurídica. Considero importante se deben redefinir criterios a nivel de todo el país, pues, el Ecuador está en vías de desarrollo con relación a países que han alcanzado sus metas, por lo que se debe aprovechar las experiencias en este ámbito. Respecto de que si el Estado es o no un eficiente prestador de servicios públicos, ha habido y de hecho se siguen dando criterios de que se debe abrir más hacia el sector privado la prestación de servicios por cuanto el Estado y sus Instituciones han fracasado y a decir de muchos ha intervenido exageradamente en todas las actividades; estos criterios en mi concepto no tienen asidero, pues pienso, que el Estado bajo ningún concepto se puede desprender de sus obligaciones en la prestación de los servicios públicos, especialmente en cuanto se refiere a los servicios básicos como son salud, educación, dotación de agua potable y otros
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