Summary: | El Derecho de Transito es una rama del Derecho Penal, que establece sanciones para las personas que cometan delitos de transito, la diferencia entre el Derecho Penal y el Derecho de Transito es que en el primero, los delitos son cometidos con dolo, es decir, esa intención de irrogar un daño, y en los segundos, son cometidos con culpa, es decir, esa negligencia, imprudencia, impericia o falta de observación de normas de transito. Los delitos dolosos están establecidos en el CODIGO PENAL, mientras que los de transito (culposos), están establecidos en la Ley Orgánica de Transito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial (L.O.T.T.T.S.V). Centrándonos en el tema de investigación, este esta contenido en la L.O.T.T.T.S.V, y en circunstancias en que una persona cometa una infracción de transito que genere daños en personas o bienes, estos deben cumplir la sanción personal en el caso de que la ley así lo establezca, también resarcir los daños causados en los bienes y/o en las personas. Este proyecto de investigación se centrara en la normativa sobre este tema que estaba establecida en la anterior LEY DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRES y lo establecido en la L.O.T.T.T.S.V, para lo cual haremos un análisis de las mismas, con el propósito de realizar criticas sobre cada una de ellas, establecer si ha habido una evolución normativa y proponer posibles reformas al respecto, con el afán de que se generen mayores facilidades para el cumplimiento cabal de la norma y eliminar así la escandalosa impunidad en materia de transito.
|