Análisis de los impuestos reguladores

propiedad de determinados bienes. Entonces tenemos que el impuesto regulador tiende a reglar los daños y perjuicios que puede causar la realización de determinadas transacciones, explotación de recursos no renovables y la posesión de tierras de gran extensión, que de manera sucinta son los casos q...

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Bibliographic Details
Main Author: Guzmán Aguilera, Margareth Carolina
Format: Thesis Book
Subjects:
Online Access:http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/a79.pdf

MARC

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245 |a Análisis de los impuestos reguladores  |c Margareth Carolina Guzmán Aguilera, Director, Tiberio Torres Rodas  |h cd 
264 |a Cuenca  |c 2010 
300 |a 17 páginas:  |b ilu  |c 18 cm 
500 |a Proyecto de Investigación 
502 |a Abogado de los Tribunales de Justicia de la República y Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales  |b Universidad de Cuenca  |c jur  |d Torres Rodas, Tiberio, dir. 
504 |a incl. ref. 
520 3 |a  propiedad de determinados bienes. Entonces tenemos que el impuesto regulador tiende a reglar los daños y perjuicios que puede causar la realización de determinadas transacciones, explotación de recursos no renovables y la posesión de tierras de gran extensión, que de manera sucinta son los casos que nuestra ley ha tomado en cuenta para que se reglamente el tributo regulador de los mismos. De lo dicho se concluye que, además de la finalidad fiscal que es el principal objetivo de los tributos, pueden también utilizarse como instrumento de política económica e incluso social, lo que demuestra la finalidad extra fiscal que tienen los tributos. Este concepto que recoge el criterio alemán, avanza hacia una concepción más elástica del concepto de impuesto, en base a la cual el propósito fiscal puede ser también secundario, siempre que no venga del todo obliterado o no exista, concluyendo así en el sentido de una admisibilidad y legitimidad constitucional. En nuestra doctrina se comienza a hablar, solo recientemente, de tributos extra fiscales. Para concluir, es vital explicar que la norma tributaria extra fiscal no debe, por tanto, contradecir los principios constitucionales, 
650 0 |a Derecho administrativo  |9 1466 
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