El proceso civil como instrumento de ejercicio de los derechos de protección

Este estudio se propone mostrar en qué medida el Código de Procedimiento Civil y sus leyes complementarias son el texto que reglamenta la garantía de justicia contenida en la Constitución. Nadie ha dudado de que las garantías constitucionales de la propiedad, el trabajo, la familia, el comercio, la...

Ful tanımlama

Detaylı Bibliyografya
Yazar: Amoroso Abril, Karla Paola
Materyal Türü: Tez Kitap
Dil:Spanish
Konular:
Online Erişim:http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/c925.pdf

MARC

LEADER 00000nam a2200000 a 4500
001 C-925
005 20240111155903.0
008 011080|2011 ||||||||r|||||||||||spa||
040 |b spa 
041 1 |a spa 
100 1 |a Amoroso Abril, Karla Paola.  |9 170029 
245 |a El proceso civil como instrumento de ejercicio de los derechos de protección  |c Karla Paola Amoroso Abril. Director Káisser Machuca Bravo  |h cd 
264 |a Cuenca  |c 2011 
300 |a CD  |b ilu  |c 18 cm 
502 |a Abogado de los Tribunales de Justicia de la República y Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales  |b Universidad de Cuenca  |c jur  |d Machuca Bravo, Kaisser, dir.  |e DERECHO 
504 |a incl. ref. 
520 3 |a Este estudio se propone mostrar en qué medida el Código de Procedimiento Civil y sus leyes complementarias son el texto que reglamenta la garantía de justicia contenida en la Constitución. Nadie ha dudado de que las garantías constitucionales de la propiedad, el trabajo, la familia, el comercio, la libertad, cuenten a lo largo de toda la codificación, con un régimen protector, mas para que este sea jurídicamente valido debe guardar correspondencia con la Ley Fundamental. Es por ello que entre la Constitución y la ley no debe mediar sino un proceso de desenvolvimiento sistemático. No solo la ley procesal debe ser fiel intérprete de los principios de la Constitución, sino que su régimen del proceso, y en especial el de la acción, la defensa y la sentencia, solo pueden ser instituidos por la ley. El régimen del proceso debe determinar la ley, ella concede o niega poderes y facultades dentro de las bases establecidas en la Constitución. Como todos sabemos, los principios básicos del constitucionalismo son tres: la limitación del poder, la tutela de derechos fundamentales de los individuos y el reconocimiento de la supremacía de aquel instrumento normativo básico, sustento de todo ordenamiento jurídico de cualquier Estado de Derecho, al cual conocemos con el nombre de Constitución. 
650 0 |a Constitución  |9 15116 
650 7 |a Debido proceso  |9 43232 
650 4 |a Derecho civil  |9 1231 
650 0 |a Derechos humanos  |9 2189 
650 |a Proceso civil  |9 21620 
650 |a Derechos de proteccion  |9 61123 
650 |a Tesis en derecho  |9 1232 
852 |a UC-CDJBV  |c ESTANTERIA CERRADA  |f Donación  |k lucia.mora  |l 1  |m Limitada  |p 20110804  |q 1.00  |t C-925  |b 1  |d CDRC  |e CDRC  |g  ESTANTERIA CERRADA  |u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/c925.pdf  |z 2011-10-80 
856 |u http://nas.ucuenca.edu.ec/BibliotecaDigital/ebooks/c925.pdf 
942 |c TS 
999 |c 91948  |d 91948