Summary: | Las personas jurídicas, que se clasifican en personas jurídicas de derecho público y personas jurídicas de derecho privado, clasificación en el código civil: corporaciones y fundaciones de beneficencia. Las fundaciones como personas jurídicas han sido reconocidas a lo largo de la historia y tienen los siguientes atributos: nacionalidad, domicilio, nombre, capacidad y patrimonio. Estos organismos tienen sustento legal en el código civil y en el reglamento dado por el Ministerio de Bienestar Social (acuerdo ministerial 00509 de junio, 1, 1998, que regula la constitución, estatutos, socios, bienes y disolución de los organismos sociales y particularmente de las fundaciones
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