Medidas cautelares en juicio ejecutivo

La Jurisdicción Civil ecuatoriana considera que las medidas cautelares pueden pedirse: -Antes de la presentación de la demanda (cuando el proceso todavía no existe). - Conjuntamente con la demanda (cuando se inicia el proceso) - Dentro del proceso (antes de que se dicte la sentencia) - En las fases...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Valdivieso Pesantez, Valentino Ramón
Other Authors: Alvarado Vintimilla, Blasco Eugenio
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2014
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/11326
Description
Summary:La Jurisdicción Civil ecuatoriana considera que las medidas cautelares pueden pedirse: -Antes de la presentación de la demanda (cuando el proceso todavía no existe). - Conjuntamente con la demanda (cuando se inicia el proceso) - Dentro del proceso (antes de que se dicte la sentencia) - En las fases de los recursos (luego de dictar sentencia en las dos primeras instancias) Manifestaremos también que, la Jurisdicción civil de nuestro país Ecuador carece de un orden sistemático en esta materia y existe una verdadera dispersión normativa que dificulta su estudio, por lo que sería deseable que la futura Ley, ya en fase de proyecto, las contemple de forma unitaria y conjunta, optando por mantener la diversidad de medidas que en la actualidad se regulan o por simplificarlas. La Ley de Enjuiciamiento Civil, recoge concretamente en el Libro II, título XIV el "embargo preventivo" el "aseguramiento de bienes litigiosos" y las "medidas innominadas del art. 1.428 ". Existen sin embargo en otros pasajes de dicha Ley, figuras jurídicas que, aunque no se hallan recogidas en el título anterior, también tienen naturaleza cautelar como son "la exhibición y depósito de cosa mueble en los Arts. 497 y 499". Al margen de la L.E.C. son múltiples las medidas cautelares reguladas en las Leyes Especiales, desde "la Anotación preventiva de la demanda, regulada en la Ley y Reglamento hipotecarios ", " solicitud de alimentos en los procesos paternidad, filiación y matrimoniales", "el secuestro de publicaciones en demandas relativas al honor, intimidad personal y propia imagen", " la suspensión provisional de acuerdos en la Ley de propiedad Horizontal" y un sin fin de medidas contempladas en Leyes sobre: Propiedad Intelectual, Patentes, Marcas, Competencia desleal, Publicidad, Sociedades Anónimas, etc.