Summary: | El impuesto al Valor Agregado IVA, grava la transferencia de dominio de bienes muebles aún cuando la transferencia se efectúe a título gratuito. Este impuesto, se causa en el momento en que se realiza el acto o se suscribe un contrato hecho por el cual se debe remitir obligatoriamente la correspondiente factura, nota o boleto de venta. En el caso de la introducción de mercadería al territorio nacional, el impuesto se causa en el momento de su despacho en la aduana. El hecho generador se da cuando se presta un servicio o transfiere un bien. El sujeto activo del IVA es el estado, lo administra el SRI. El sujeto pasivo del IVA es el consumidor final.
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