Summary: | Contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, baja su dependencia, por una remuneración. Contrato a tiempo fijo tiene un año como tiempo mínimo de duración, que celebren los trabajadores con empresas o empleadores en general, cuando la actividad o labor sea de naturaleza estable o permanente. Contrato por hora es aquel en que las partes convienen el valor de la remuneración total por cada hora de trabajo. Este contrato podrá celebrarse para cualquier clase de actividad. Cualquiera de las partes podrá libremente dar por terminado el contrato. En el pago por la hora trabajado están incluidos otros beneficios de ley: decimotercera y decimocuarta remuneraciones, la semana integral y las vacaciones Los trabajadores que laboren en este sistema tienen derecho a la afiliación al IESS, al pago de horas suplementarias cuando estas excedan de cuarenta horas semanales, a horas extraordinarias y a participar en las utilidades liquidad anuales, pero no tienen estabilidad y el empleador esta exento del pago del Fondo de Reserva y el 1 para el CNCF y el IECE.
|