Summary: | De acuerdo al artículo 1 de la Constitución de 2008 el Estado ecuatoriano es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, este cambio implica una honda significación, puesto que manifiesta la superación definitiva en el Ecuador del tradicional Estado legalista o de legalidad, que ha prevalecido en el país desde la formación de la República, para adoptar el llamado modelo constitucional. Como consecuencia del Estado Constitucional se crea la Corte Constitucional, que de acuerdo al Art. 429 de la Constitución de la República del Ecuador se la define como el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia, reemplazando de esta forma al Tribunal Constitucional determinado en la derogada Constitución de 1998. La Constitución de 2008, trae innovaciones muy importantes referentes al òrgano de control constitucional, por lo que llevaré a cabo un balance comparado con la Constitución de 1998, en lo que respecta a integración período y atribuciones de la Corte Constitucional
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