Diferenciación entre el naturalismo jurídico de Lorenzo Peña y el de Antonio Enrique Pérez Luño

El principal objetivo de la presente investigación es diferenciar el naturalismo jurídico de Lorenzo Peña y el de Antonio Enrique Pérez Luño. A fin de lograr esta propuesta, se siguieron tres pasos: el análisis de las características respecto al jusnaturalismo de Lorenzo Peña y el de Antonio Enrique...

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Bibliographic Details
Main Author: Gándara Pizarro, Jaime Humberto
Other Authors: Vásconez Carrasco, Fernando Marcelo
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2016
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/25856
Description
Summary:El principal objetivo de la presente investigación es diferenciar el naturalismo jurídico de Lorenzo Peña y el de Antonio Enrique Pérez Luño. A fin de lograr esta propuesta, se siguieron tres pasos: el análisis de las características respecto al jusnaturalismo de Lorenzo Peña y el de Antonio Enrique Pérez Luño, y finalmente, el análisis de las diferencias entre ambas posturas jusnaturalistas En este estudio se encontró que el jusnaturalismo de Lorenzo Peña es un esencialismo jurídico; sin embargo, es jusnaturalismo porque permite al ser humano vivir según la naturaleza humana que busca el bienestar de la colectividad. Por otra parte, el jusnaturalismo de Pérez Luño está abierto a los cambios necesarios para evitar paradigmas cerrados. Por último, se demostró que ambas posturas, de hecho difieren entre sí, ya que el dinamismo de la postura de Peña no altera el Derecho natural, sino que es eterno e inmutable; por su parte, el Derecho natural de Pérez Luño siempre está abierto a revisión crítica. Para concluir, este proyecto ha demostrado ser válido y transferible, llegando a ser apto para ser aplicado en el campo filosófico.