El delito de estupro: análisis comparativo entre el código penal (1938) y el código orgánico integral penal

Desde 1938 en materia de estupro, como delito regía el Código Penal Ecuatoriano, pero el 10 agosto de 2014 se derogó este código, al promulgarse el Código Orgánico Integral Penal, este último considera cambios importantes en los elementos constitutivos del delito de estupro. El objetivo de este trab...

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Bibliographic Details
Main Author: Auquilla Orellana, Diana Jackeline
Other Authors: Valdivieso Vintimilla, Simón Bolívar
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2017
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/27203
Description
Summary:Desde 1938 en materia de estupro, como delito regía el Código Penal Ecuatoriano, pero el 10 agosto de 2014 se derogó este código, al promulgarse el Código Orgánico Integral Penal, este último considera cambios importantes en los elementos constitutivos del delito de estupro. El objetivo de este trabajo es realizar un análisis comparativo sobre el contenido entre el Código Penal y el COIP en relación al delito tipificado como estupro, para ello se revisó sus normas a fin de establecer las diferencias relativas al sujeto activo, sujeto pasivo y del bien jurídico tutelado. Sin embargo, no se encontraron cambios concernientes a estos elementos, pero si referentes a la cópula y los medios de ejecución, y su sanción; así la pena en caso del cometimiento del delito que anteriormente está tipificado de 3 meses a 3 años, en la actualidad estipula que será sancionada con 1 a 3 años; respecto a la forma y medio de ejecución del delito como es la seducción y engaño; en el anterior Código expresaba estos dos términos y en la actualidad segrega al término seducción, cuya omisión puede acarrear actos de impunidad a la hora de juzgar un hecho en el que esté involucrado este elemento, y en cuanto al verbo rector, deja de ser cópula y se establece actualmente como relación sexual.