La inversión de la carga de la prueba en materia laboral como garantía del debido proceso del trabajador en situación de vulnerabilidad: la obligación del empleador de descartar la discriminación como motivo de terminación de la relación laboral.

La regla de la carga de la prueba en el derecho laboral ha estado gobernada por el principio liberal y civilista del Onus Probandi durante varios años, la constitucionalización del derecho al trabajo como un derecho fundamental transformó la visión de este, no limitándose a su protección patrimon...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Ulloa Quizhpi, Pedro Andrés
Other Authors: Muñoz Subía, Katerine Betty
Format: masterThesis
Language:spa
Published: Universidad de Cuenca 2022
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/40022
Description
Summary:La regla de la carga de la prueba en el derecho laboral ha estado gobernada por el principio liberal y civilista del Onus Probandi durante varios años, la constitucionalización del derecho al trabajo como un derecho fundamental transformó la visión de este, no limitándose a su protección patrimonial, sino proyectándose hacía la tutela de derechos intangibles tales como la igualdad, no discriminación, trabajo digno y demás. Discapacitados, mujeres embarazadas, con enfermedades catastróficas o adultos mayores, por su condición de vulnerabilidad han sido históricamente discriminados, impidiéndoles ingresar, mantenerse o regresar al mercado laboral. El derecho laboral ecuatoriano introdujo la figura del despido discriminatorio como una garantía y protección de los derechos fundamentales del trabajador, tutelando la igualdad y no discriminación, sin embargo, el derecho laboral sustantivo ofrecía algo que el derecho laboral adjetivo no podía cumplir. La discriminación es un hecho que ocurre en la oscuridad y pretende quedar en impunidad, sin perjuicio de aquello,la prueba de este hecho recae sobre el trabajador, imponiendo una carga desproporcional frente a la del empleador. Por tal motivo, la Corte Constitucional del Ecuador impuso al empleador la obligación de probar de manera objetiva, lógica y razonable que el despido no haya sido con motivo del estado de vulnerabilidad del trabajador. Este precedente constitucional ha surgido de los conflictos del derecho laboral público y en la justicia constitucional, este estudio analizará su aplicación y pertinencia para aquellos trabajadores bajo el Código de Trabajo que acuden a la justicia ordinaria para hacer respectar sus derechos.