Summary: | La administración pública entendida como un servicio a la comunidad cuyo fin último
radica en la protección y garantía del interés público, mediante el ejercicio de la función
administrativa, exterioriza su voluntad a través de diferentes mecanismos, entre ellos el acto
administrativo. Sin embargo, existen casos en los que diferentes actos administrativos deben ser
excluidos del mundo jurídico para proteger el interés público.
Frente a esta problemática, la Administración contara con dos vías. La primera de ellas
tiene como base a la Autotutela Administrativa, entendida esta como una prerrogativa de la
Administración Pública, a través de la cual es posible revocar y extinguir en sede administrativa,
actos considerados como nulos. Por otra parte, encontramos a la Lesividad entendida esta como
declaración y acción al mismo tiempo, que permitirá revocar aquellos actos administrativos
irrevocables en sede administrativa, es decir, aquellos actos considerados dentro de la doctrina
como favorables.
|