Summary: | En el año 2020, debido a la declaratoria de Pandemia de Covid-19 por la Organización
Mundial de la Salud, el Presidente de la República del Ecuador, haciendo uso de sus
facultades constitucionales decretó varios Estados de Excepción en el país, limitando el ejercicio de ciertos derechos de libertad, con el fin de garantizar el derecho a la salud,
integridad y vida de los ciudadanos.
En el inicio de la pandemia, la declaratoria de Estado de Excepción fue necesaria para
mitigar la propagación del virus. Sin embargo, al paso del tiempo, el Estado de Excepción
dejó de tener justificación, puesto que, durante la vigencia de este instrumento extraordinario,
el Presidente debe crear medidas ordinarias para el control y superación de la emergencia
suscitada y no utilizar el Estado de Excepción como medida permanente para la superación
de una crisis.
Por ende, para evitar tanto el abuso como la permanencia de los Estados de
Excepción, la Corte Constitucional mediante dictamen realiza el control constitucional de los
Estados de Excepción, y garantiza la plena vigencia de los derechos reconocidos en la
Constitución de la República y Tratados Internacionales de Derechos Humanos
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