Garantía de la motivación con análisis a partir de la nueva línea jurisprudencial de la Corte Constitucional

El transitar de la motivación de las resoluciones, actos o fallos ha presentado variaciones, problemas y limitaciones. En ello se ha pretendido dotar de una fuerza tal, que hoy es entendida como una garantía dentro de los ordenamientos jurídicos, desde luego, su alcance ha sido potenciado con el...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Marquina Flores, Cinthya Valeria
Other Authors: Solano Paucay, Vicente Manuel
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: Universidad de Cuenca 2023
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/40611
Description
Summary:El transitar de la motivación de las resoluciones, actos o fallos ha presentado variaciones, problemas y limitaciones. En ello se ha pretendido dotar de una fuerza tal, que hoy es entendida como una garantía dentro de los ordenamientos jurídicos, desde luego, su alcance ha sido potenciado con el surgimiento de la argumentación jurídica, la constitucionalización de los derechos y el establecimiento de derechos fundamentales. Pero, en el marco ecuatoriano como es en la Constitución ecuatoriana de 1998 se encontraba establecida la garantía a la motivación, pero llega a tener una mayor relevancia en el año 2008 en el momento que el Ecuador al ser un Estado Constitucional de derechos y justicia, reconoce y garantiza el ejercicio de los derechos de las personas. Por tal motivo, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 76, establece las garantías básicas del debido proceso, y en ella, en su numeral 7 establece el derecho a la defensa, literal l se garantiza la motivación, lo que genera que los poderes públicos manifiesten las normas o principios jurídicos, debido que la ausencia de dichos parámetros produce la nulidad de estos actos. Por tanto, la Corte Constitucional ecuatoriana para el periodo de transición emitió diferentes sentencias con respecto a la garantía de la motivación, en donde, antes del año 2019 se centraba en una línea de pensamiento exacta, la cual era aplicar y dar cumplimiento al test de motivación, este test era basado en la razonabilidad, comprensibilidad y lógica. Por ello, la Corte en su momento resaltaba que en toda sentencia o resolución existirá motivación siempre y cuando su contenido cumpla con los tres parámetros establecidos. Sin embargo, en varias ocasiones la actual Corte Constitucional ecuatoriana se ha alejado del test de motivación, dando paso a una nueva línea de pensamiento y determina otros parámetros mínimos para entender esa garantía. Una de las razones por las que se da este distanciamiento es porque en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en su artículo 3 faculta que “podrá alejarse de sus precedentes de manera explícita y argumentada garantizando la progresividad de los derechos y vigencia del estado constitucional de derechos y justicia” (LOGJCC, Art. 3, 2009). Esto conlleva a la sistematización de un criterio rector con pautas que puedan ser aplicables al tema que se encuentre en análisis, así como sus vicios y deficiencias.