Análisis de caso n° 01283-2018-09986G en relación a la autoría directa en los delitos de secuestro extorsivo y supresión, alteración o suposición de la identidad y estado civil

El presente trabajo tiene por objeto analizar el proceso N° 01283-2018-09986G, en donde se señala a la ciudadana Neisa Lidia S como autora directa del delito de secuestro extorsivo y supresión, alteración o suposición de la edad y estado civil, y a los ciudadanos Wilson Fabián M y Mayra Alexandra...

Descripció completa

Dades bibliogràfiques
Autor principal: Santacruz Delgado, Luis David
Altres autors: Peña Aguirre, Juan Antonio
Format:
Idioma:spa
Publicat: Universidad de Cuenca 2023
Matèries:
Accés en línia:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/42007
Descripció
Sumari:El presente trabajo tiene por objeto analizar el proceso N° 01283-2018-09986G, en donde se señala a la ciudadana Neisa Lidia S como autora directa del delito de secuestro extorsivo y supresión, alteración o suposición de la edad y estado civil, y a los ciudadanos Wilson Fabián M y Mayra Alexandra M, como autores directos del delito de supresión, alteración o suposición de la edad y estado civil, estos delitos giran en torno al derecho a la libertad personal y a la identidad. El hecho en cuestión se suscitó en el 2018 en la frontera entre Colombia y Venezuela, donde la ciudadana antes mencionada realiza un presunto secuestro a un menor de 17 meses de edad y lo traslada a territorio ecuatoriano, específicamente a la ciudad de Cuenca, y mediante engaños obliga a los también procesados Wilson M y Mayra M a cometer una infracción. El análisis realizado pretende determinar a través de la doctrina y normativa si los jueces hicieron una adecuada interpretación de los tipos penales para establecer sentencia condenatoria. En conclusión, con fundamento en lo analizado, se verifica que en el presente caso los Señores Jueces del Tribunal de Garantias Penales con sede en el cantón Cuenca, comenten un error al emitir sentencia con pena privativa de la libertad a los procesados, ya que sus actuaciones no se adecuan correctamente a las normas invocadas por el agente fiscal y aceptadas por el Tribunal.