Alcance y diferencias de las excepciones previas: incapacidad y falta de legitimación en la causa de la parte actora o la parte demandada previstas en el código orgánico general de procesos

El presente trabajo tiene como objetivo analizar el alcance y diferencias de las excepciones previas: incapacidad y falta de legitimación en la causa de la parte actora o la parte demandada previstas en el Código Orgánico General de Procesos, para ello se abordan tres capítulos. En el primero se...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Picón Vélez, Claudia Patricia
Other Authors: Sacasari Aucapiña, Edgar Geovanni
Format:
Language:spa
Published: Universidad de Cuenca 2023
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/43435
Description
Summary:El presente trabajo tiene como objetivo analizar el alcance y diferencias de las excepciones previas: incapacidad y falta de legitimación en la causa de la parte actora o la parte demandada previstas en el Código Orgánico General de Procesos, para ello se abordan tres capítulos. En el primero se redacta el derecho a la defensa en el procesamiento civil, en donde se detallan: las garantías del derecho a la defensa, definición de los términos “acción y excepción”, la excepción y proceso civil, excepciones procesales, definición de excepción previa. En el segundo capítulo, se presenta la capacidad de la parte actora o de su representante, donde se incluye temas como: falta de capacidad, alcance de la excepción previa: la incapacidad de la parte actora o de su representante, su importancia. Finalmente se describe el capítulo 3 denominado falta de legitimación en la causa de la parte actora o la parte demandada; para ello se desglosan los siguientes términos: legitimación en la causa, regulación del Código de Procedimiento Civil desde sus inicios, alcance de la excepción previa: falta de legitimación en la causa de la parte actora o demandada, problemas que se presenta en la práctica sobre esta excepción, formas para ser resuelta esta excepción. Dentro de este marco se enfatiza el Código Orgánico General de Procesos, el cual determina que las excepciones previas son un argumento estrictamente jurídico tanto así que taxativamente el artículo 153 del Código Orgánico General de Procesos determina cuáles son estas excepciones previas. La excepción tiene su importancia en el Derecho Procesal, pues al demandado, sujeto pasivo de la relación jurídica, le compete hacer frente a la pretensión del actor, mismo que se encuentra firme en sus pretensiones; el demandado asume una actitud de defensa, excepción, por tal motivo, se denomina a las excepciones como defensas.