Percepciones de operadores de justicia sobre el derecho a la salud mental de mujeres privadas de la libertad, Cuenca, 2023-2024

Las mujeres privadas de libertad han sido invisibilizadas por la gestión pública, lo cual ha complicado el reconocimiento de sus necesidades específicas de bienestar psicológico. La manera en la que los operadores jurídicos interpretan el derecho a la salud mental de personas privadas de libertad...

Full description

Bibliographic Details
Main Authors: Garzón Cárdenas, Angie Nayeli, Rodas Villavicencio, María Emilia
Other Authors: Mendoza Eskola, Juanita Catalina
Format:
Language:spa
Published: Universidad de Cuenca 2024
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/43831
Description
Summary:Las mujeres privadas de libertad han sido invisibilizadas por la gestión pública, lo cual ha complicado el reconocimiento de sus necesidades específicas de bienestar psicológico. La manera en la que los operadores jurídicos interpretan el derecho a la salud mental de personas privadas de libertad puede significar el ejercicio o la vulneración y menoscabo de derechos de las mujeres en reclusión. Por tal razón, el objetivo de este estudio fue entender cómo perciben los operadores de justicia el derecho a la salud mental de mujeres privadas de la libertad. La investigación tiene enfoque cualitativo fenomenológico; fue realizada en Cuenca, Ecuador. Se realizaron entrevistas semiestructuradas a 7 operadores de justicia y se realizó el análisis de contenido clásico de 1 expediente de garantías penitenciarias. El procesamiento de información se realizó utilizando herramientas del Análisis de Teoría Fundamentada. Los operadores de justicia perciben que los servicios de salud mental para las mujeres reclusas son deficientes, resaltando la mala calidad de los informes psicológicos. Esto está relacionado con la situación interna precaria y violenta de los centros de reclusión. Además, el conocimiento limitado de normativa legal específicamente sobre mujeres reclusas y su derecho al bienestar psicológico demuestran la necesidad de formación y/o actualización por parte de los profesionales. Por lo tanto, es evidente que el sistema carcelario requiere que se destinen recursos por parte del Estado para solventar lo previamente mencionado, que constituye un obstáculo para el acceso oportuno al bienestar psicológico de las mujeres reclusas.