Summary: | El estricto apego y aplicación directa de los estándares constitucionales desarrollados por la Corte Constitucional garantiza el orden impuesto por el Estado de Derecho constitucional y materializa al Estado constitucional de derechos y justicia. El presente trabajo consiste en un estudio de caso jurídico que se centra en describir la observancia del principio de vinculatoriedad de la Sentencia No. 200-12- JH/21 de la Corte Constitucional en el apremio personal dictado en el caso 09333-2022-01182 por incumplimiento del régimen de visitas. Esto último con la finalidad de determinar si la privación de libertad resultada de dicho apremio puede ser calificada de ilegal, arbitraria o ilegítima. Para ello, se empleó un enfoque y diseño analítico-descriptivo por medio de una investigación de tipo bibliográfica, centrándose en el análisis de la realidad jurídica concreta generada al dictar el apremio personal por obstaculización del régimen de visitas. Como resultado de dicho análisis, se concluyó que la jueza de instancia del caso estudiado no realizó una correcta aplicación de las reglas de procedimiento específicas para ejecutar la obligación de cumplir con el régimen de visitas, dada la alegada obstaculización del mismo, las cuales están contenidas en el Art. 125 del CNA y la sentencia No. 200-12-JH/21 de la Corte Constitucional. Por lo tanto, se determinó que la misma inobservó el principio de vinculatoriedad de la sentencia No. 200-12- JH/21 de la Corte Constitucional. Ante esto, en el presente estudio se colige que la privación
de libertad resultada de dicho apremio personal resultó ilegal y arbitraria.
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