Atribución del funcionario ejecutor para imponer la medida de arraigo o prohibición de salida del país sin trámite previo en los procedimientos coactivos

La sentencia No. 8-19-CN/22 expedida por la Corte Constitucional del Ecuador abarca un importante análisis de la facultad que posee el funcionario ejecutor para dictar la medida de arraigo o prohibición de salida del país sin trámite previo contenida en el art 164 del Codigo Tributario. Esta decl...

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Bibliographic Details
Main Author: Tenesaca Sumba, Andrea Mishell
Other Authors: Torres Rodas, David Fernando
Format:
Language:spa
Published: Universidad de Cuenca 2024
Subjects:
Online Access:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/43944
Description
Summary:La sentencia No. 8-19-CN/22 expedida por la Corte Constitucional del Ecuador abarca un importante análisis de la facultad que posee el funcionario ejecutor para dictar la medida de arraigo o prohibición de salida del país sin trámite previo contenida en el art 164 del Codigo Tributario. Esta declaratoria de inconstitucionalidad cambia positivamente las reglas respecto a la forma en que puede ser impuesta esta medida cautelar personal en los procedimientos de ejecución coactiva tributarios. El presente trabajo parte desde el análisis doctrinario, legal y jurisprudencial referente al procedimiento de ejecución coactiva como elemento del principio de la autotutela administrativa del que goza la Administración Tributaria, su origen y naturaleza jurídica, las atribuciones del funcionario recaudador; y, la compatibilidad de esta figura jurídica y sus herramientas, con el texto constitucional; así como el respectivo análisis del caso, la consulta presentada por jueza, el amicus curiae elaborado por el SRI y al final, la decisión a la que llega la Corte.