La prueba pericial documentológica en el proceso penal acusatorio
Por su tradicional capacidad probatoria, la prueba pericial es objeto de constante estudio en la doctrina procesal, y no por ello el debate deja de resultar actual, si se razona que los dictámenes periciales como juicios de valor sustentados en el conocimiento de una técnica o ciencia, se correspond...
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Format: | CAPÍTULO DE LIBRO |
Language: | es_ES |
Published: |
UNIJURIS
2024
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Subjects: | |
Online Access: | http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/44215 https://app.vlex.com/#vid/844293921 |
Summary: | Por su tradicional capacidad probatoria, la prueba pericial es objeto de constante estudio en la doctrina procesal, y no por ello el debate deja de resultar actual, si se razona que los dictámenes periciales como juicios de valor sustentados en el conocimiento de una técnica o ciencia, se corresponde también con el nivel de desarrollo alcanzado por la ciencia en cuestión.
Se muestra necesario entonces, profundizar en determinadas especificidades que trascienden a la reconocida capacidad probatoria de la pericia, lo que también ha propiciado, que dada su naturaleza jurídica dual, sea admitida con mayor frecuencia como prueba documental, sin necesidad de escuchar al perito, fundado entre otras, en razones utilitarias, como por ejemplo, el gran cúmulo de trabajo que pesa sobre los peritos de instituciones oficiales que hacen verdaderamente imposible su constante comparecencia a juicio.
Si se reconoce el grado de desarrollo y confiabilidad de determinadas técnicas de investigación criminal como la documentología, unido a la existencia armónica de principios procesales y garantías constitucionales que informan el debido proceso penal y que deben ser respetados, como por ejemplo, la conocida presunción de inocencia hasta tanto no se dicte fallo condenatorio, se debe admitir la necesidad de introducir en el proceso todas las garantías procesales posibles para lograr una mayor fiabilidad en las conclusiones derivadas de las actuaciones periciales, es decir, debe aceptarse la adopción de un estricto apego a los procedimientos legales y científicos, como una actuación profesional competente de conformidad con el desarrollo de la ciencia. |
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